El derecho de tanteo y retracto son conceptos relacionados con la propiedad inmobiliaria y se refieren a ciertos derechos que tienen determinadas personas en relación con la venta de un bien inmueble. En el siguiente artículo te explicaremos cada uno de ellos de manera detallada.
¿Qué es el derecho de tanteo y retracto?
El derecho de tanteo les otorga a los inquilinos que residen en una vivienda, la posibilidad de adquirirla si es que el propietario decide venderla. Con este derecho el inquilino puede adquirir la propiedad en las mismas condiciones y al mismo precio ofrecido a otros posibles interesados.
Estos derechos proporcionan a los arrendatarios seguridad y estabilidad en su vivienda al prevenir desalojos y brindarles la opción de adquirir la propiedad en la que viven. Cabe resaltar que el propietario deberá informar con anticipación al inquilino su intención de vender la propiedad. Así, el inquilino tendría la prioridad para comprarla en igualdad de condiciones y precio que otro comprador.
El plazo de tiempo que se le ofrece al arrendatario para ejercer su derecho de compra es de 30 días naturales y se cuentan desde el momento en el que el propietario anuncia su intención de vender la casa.
El derecho de tanteo no aplica en caso se venda la vivienda arrendada junto con otros inmuebles del mismo propietario o en caso que se venda el inmueble completo por diferentes propietarios a un mismo comprador.
El derecho de retracto en cambio, se aplica después de la venta del inmueble. Igualmente, este derecho le facilita al inquilino adquirir la vivienda con las mismas condiciones y precio que se ha vendido a un tercero.
Ahora bien, el artículo 1521 del Código Civil, que es el encargado de regular el retracto legal, menciona qué es el derecho de subrogarse. Cabe resaltar que deben de cumplirse ciertas condiciones para que el arrendatario pueda ejercer su derecho de retracto:
- La primera, el arrendador no debe haber comunicado al inquilino la venta de la vivienda arrendada o haber pasado por alto alguna de las condiciones.
- La segunda, el precio al que el propietario vende la vivienda a un tercero debe ser inferior al precio que le había propuesto al inquilino para ejercer su derecho de compra preferente.
El derecho de retracto caduca a los 30 días y está vigente desde que el inquilino es informado, mediante las escrituras de compra, de las condiciones y precio de venta de la propiedad. En caso de que el arrendatario opte por hacer uso de su derecho de retracto, asumirá la posición del comprador y se llevará a cabo la transacción de compra de la vivienda.
El derecho de tanteo y retracto suele estar regulado por la legislación local y puede variar según la jurisdicción. Además, no todos los contratos de compraventa incluyen automáticamente estos derechos, por lo que es importante verificar las condiciones específicas en cada caso.
Cabe resaltar que esta herramienta brinda oportunidades y facilidades para los arrendatarios, debido a que les otorga la oportunidad de comprar la propiedad en la que han estado viviendo; no obstante, hay que considerar que estos derechos deben de realizarse dentro de los plazos establecidos y siguiendo los procedimientos al pie de la letra.
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